Desde hoy se habilitaran nuevos rubros en Villarino

Se trata de las actividades vinculadas a servicio doméstico, obras de construcción privada, tiendas de ropa y servicio de hotelería (solo para atender personas exentas de la cuarentena) siempre y cuando respetando sus respectivos protocolos. Esto se da en el marco de una flexibilización en algunos distritos bonaerenses que no tienen casos de Covid-19, como es el caso de Villarino. El Jefe de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires firmo este jueves el decreto de autorización de estas actividades mencionadas, y después del mediodía estarían habilitadas a funcionar nuevamente tras la firma del decreto del Intendente Carlos Bevilacqua. “apelo igualmente a la responsabilidad ciudadana, tenemos que buscar un equilibrio, no le hemos ganado a nadie” indico e Jefe Comunal y agrego que si la enfermedad crece, se dará marcha atrás con estas actividades. A continuación al protocolo que deberán seguir estas nuevas actividades habilitadas.   

Protocolo sanitario y de funcionamiento para tiendas comerciales:

Horario de atención de 9:00 a 17.00 horas

Uso obligatorio de tapabocas para clientes y comerciantes.

Se podrá ingresar al local de a una persona a la vez y se deberá mantener la distancia de 1,5 m. en la fila que pueda formarse en el exterior del local.

El responsable del comercio deberá arbitrar los medios necesarios para lograr la organización dentro y fuera del local comercial, para evitar aglomeración y cruzamiento de personas en el acceso.

Si se encontrará más de una persona trabajando en el local, deberán utilizar tapabocas o barbijo en todo momento.

El local deberá contar con su correspondiente habilitación municipal vigente.

Deberán colocar cartelería informativa y de advertencia de utilización de elementos de seguridad.

El responsable del comercio deberá arbitrar los medios necesarios para higienizar y desinfectar periódicamente vitrinas, puertas, picaportes y demás espacio y elementos de utilización común entre clientes y personal de trabajo a fin de evitar la propagación del virus.

Protocolo sanitario y de funcionamiento para el servicio de hotelería:

Déjese establecido que la actividad hotelera sólo estará habilitada para recibir personas que lleguen desde otros destinos y, que tengan como objetivo realizar tareas exceptuadas del aislamiento, social, preventivo y obligatorio dispuesto por el PEN.

1. Medidas de prevención para el personal:

Minimizar el contacto con los huéspedes en condición de aislamiento en el hotel. En caso de tener que hacerlo, deberá utilizar un equipo básico de protección personal (barbijo antiparras) provisto por la institución para asegurar condiciones de higiene y seguridad laboral.

Si el personal tomó contacto en los últimos 14 días con personas clasificadas como “caso confirmado”, deberá ser evaluado por la autoridad sanitaria local.

Informar a los empleados y empleadas del hotel sobre los síntomas y las medidas de prevención del COVID-19 de acuerdo con la información oficial, disponible en: ww.argentina.gob.ar/salud/coronavirus

2. Medidas sanitarias preventivas en espacios comunes.

Intensificar la limpieza y desinfección de todos los espacios de trabajo y de atención al público al menos tres veces al día.

Exhibir en espacios de circulación las recomendaciones y números de teléfono del Ministerio de Salud de Nación y de la autoridad sanitaria local. Línea 148, gratuita, las 24 horas – Gobierno de la provincia de Buenos Aires.

Ventilar de forma diaria y recurrente los espacios comunes. Restringir el uso de aquellos espacios que no puedan cumplir con esta medida.

Ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y garantizar la provisión de agua y jabón en sanitarios.

Mantener al menos dos metros de distancia entre mesas, sillones o elementos de reunión similar en espacios comunes. SUSPENDER los servicios de desayuno, buffet, pensión, etc.

3.  Medidas de aislamiento de personas provenientes de zonas de transmisión sostenida sin síntomas de COVID-19.

Tendrán que arbitrar los medios necesarios para su inmediato regreso a su país o deberán cumplir con las medidas de aislamiento.

Los establecimientos hoteleros pueden negarse a alojar turistas provenientes de zonas afectadas debido a las facultades establecidas en el derecho de admisión.

El aislamiento del huésped proveniente de las zonas afectadas debe hacerse en la habitación, evitando cualquier desplazamiento. El costo estará a cargo del huésped.

Informar a los huéspedes la situación sanitaria nacional y poner a su disposición el contacto consular y del Ministerio de Salud de la Nación.

El procedimiento de limpieza y desinfección de la habitación será efectuado en dos pasos. Primero con agua y detergente, y posteriormente con una sustancia desinfectante.

En caso en que se identifiquen personas alojadas en el hotel provenientes de las zonas afectadas que no cumplan y manifiesten no tener la voluntad de cumplir con el aislamiento el personal hotelero deberá radicar la denuncia penal.

4. Cómo actuar ante la presencia de huéspedes con manifestaciones sintomática.

En el caso en que el personal hotelero tome conocimiento de la presencia de huéspedes con síntomas compatibles con COVID-19, deberán reportarlo de forma inmediata a la autoridad sanitaria.

Los hoteles no tienen ninguna obligación de alojamiento de personas sintomáticas.

Protocolo sanitario y de funcionamiento para construcción de obras privadas:

Se deberá usar máscara protectora facial durante toda la jornada de trabajo y, en el trayecto desde y hacia la obra, pudiendo ser suplantada por protectores de nariz y boca y lentes protectores de ojos.

Mismo requerimiento de uso de protección facial para profesionales, inspectores municipales o de cualquier trabajador de ente prestador de servicio, propietarios y cualquier persona que deba ingresar a la obra.

El horario autorizado de trabajo será de lunes a viernes de 7 a 17 y los sábados de 9 a 14. Se considerará una hora previa y una hora posterior para el arribo y el regreso.

Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.

Evitar agrupamientos, eso es, no más de cinco personas por sector de la obra y, entre estas, mantener la distancia social de dos metros. Definir la mayor cantidad posible de tareas por medios electrónicos como celulares o por correo electrónico. En caso de indicaciones en tareas de obra de manufactura, se deberá respetar la distancia establecida.

Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza y ventilación del lugar. También, incorporar una desinfección frecuente de la obra.

Los comedores o área destinada para la alimentación –si los hubiere– deberán tener turnos rotativos, garantizando el distanciamiento social recomendado durante las comidas. De no contar con ese lugar, deberán destinar un espacio que reúna las condiciones mínimas de garantía sanitaria. Es obligatorio el lavado de manos de todo el personal antes de cada comida todas las veces que resulte necesario.

No compartir vasos, utensilios de cocina, cubiertos, vasos, platos, tazas, bombillas, mate, recipientes de plástico o metal, entre otros, y todo aquello que contribuya a la propagación del coronavirus. Estos implementos serán personales y cada usuario deberá traerlos correctamente lavados desde sus casas y hacer lo propio antes de regresar.

La empresa, propietario o comitente deberá generar espacios adecuados para que el trabajador pueda realizar correctamente el lavado de manos. En ese sector deberá existir un kit higiénico (lavabo, jabón y toallas descartables) e incluir cartelería apropiada que incentive el correcto uso de los elementos. Colocar también y en formato visible el afiche editado por el Ministerio de Salud de la Nación como también el presente protocolo.

En caso de no existir sanitarios, se deberán proveer baños químicos, que deberán desinfectarse cada vez que se utilicen.

Si en el lugar de trabajo o en sus domicilios se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca, dificultad para respirar o diarrea, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente y deberán avisar a la secretaría de salud y cumplir las indicaciones impartidas.

Si el trabajador se encuentra en su domicilio con alguna de estas sintomatologías, debe consultar inmediatamente a su médico de cabecera o al que la empresa lo determine y no asistir al lugar de trabajo con síntomas.

Garantizar la utilización de alcohol en gel o alcohol común de 96% o 97% (7 partes de alcohol en 3 partes de agua).

Toser o estornudar sobre el pliegue del codo. No tocarse la cara con las manos.

Mantener el distanciamiento social. La comunicación entre personas debe ser a una distancia de dos metros, que también habrá que cuidar a la hora de consultar planos, los cuales deberán estar sin plegar, pegados en una pieza rígida y colgados en algún elemento vertical, no dentro del obrador.

No realizar eventos o reuniones sociales en obra.

Cada día, al finalizar sus tareas, los trabajadores deberán cambiarse de ropa en la obra, por lo que no deberán retornar a sus hogares con la misma indumentaria de trabajo.

Disponer, tanto en la obra como el transporte de materiales y personal relacionado, de tapabocas, protecciones oculares, guantes y alcohol en gel al 70 por ciento.

Al iniciar la jornada de trabajo, las herramientas deben desinfectarse previamente a ser utilizadas. No compartir herramientas y/o maquinarias de trabajo e higienizarlas de manera frecuente. Antes de un relevo en la operación de la maquinaria, limpiar y desinfectar adecuadamente el puesto de trabajo.

En el caso de uso compartido de vehículos de asistencia técnica (por ejemplo, camionetas), desinfectar de manera regular volante, tablero, puertas y picaportes, espejos, entre otras cosas, la opción recomendable para evitar contagios es evitar el uso compartido.

Para desplazamientos desde y hacia el trabajo, evitar el hacinamiento en autos o camionetas; en distancias cortas, se recomienda caminar o utilizar bicicleta o motos.

En caso de que se produzca un caso positivo verificado en obra, se deberán paralizar los trabajos por 14 días y realizar la desinfección de rigor previo a retomar la actividad.

El cumplimiento del presente protocolo deberá ser controlado por la empresa constructora, por el profesional de obra, por el propietario, en colaboración y en forma solidaria con las autoridades del gobierno municipal.