Un imputado por violar la cuarentena en Villarino

En el marco de los distintos operativos que se están llevando a cabo ordenados por la Jefatura Comunal Villarino, y las tareas de prevención desplegadas en lo que respecta a la prevención en la expansión de la pandemia de coronavirus se llevó a cabo en Mayor Buratovich la toma de declaración jurada, en el parque eólico denominado Vientos del Secanos, a un ciudadano identificado como ARIEL ORLANDO CASTILLO que manifestó haber regresado al país desde Brasil el día 2 de marzo. Sin embargo por el resto de las declaraciones tomadas, se determinó que el mismo había ingresado el 4 de marzo al territorio argentino. A pesar de no presentar síntomas el hombre fue imputado por violar la cuarentena y por falso testimonio.

PARTE DE PRENSA:

Por la presente llevo a conocimiento de ese prestigioso medio, que personal de esta seccional en el marco de los distintos Operativos que se están llevando a cabo ordenados por la Jefatura Comunal Villarino, y las tareas de prevención desplegadas en lo que respecta a la prevención en la expansión de la pandemia de virus conocido como CORNAVIRUS- COVID19 la siguiente infracción:

Parte de Prensa

Que con fecha 17 del corriente y con relación a las tareas enunciadas, esta Subestación de Policía Comunal de Mayor Buratovich llevo a cabo la toma de DECLARACIONES JURADAS, en el parque eólico denominado Vientos Secanos, con asiento en el kilometro 772 de esta jurisdicción, que al respecto es que un ciudadano identificado como ARIEL ORLANDO CASTILLO, en la misma manifestó haber ingresado a esta republica proveniente de Brasil con fecha 02 del corriente, que al respecto y de la entrevista con el mismo como así también de declaraciones de sus pares, se logra establecer que el mismo había ingresado a la Republica Argentina proveniente de Brasil con fecha 04 del corriente, lo que deja a las claras una violación a la cuarentena obligatoria a la que debía someterse por provenir de uno de los denominados países de riesgo, como así también una falsedad en la declaración jurada que había realizado;

Procediendo esta Policía a la formal imputación del mismo a los artículos 202-205 y 239 del Código Penal Argentino los cuales condenan la propagación de una enfermedad contagiosa, el no cumplimiento de las medidas de seguridad adoptadas por la autoridad para impedir la introducción o propagación de la misma, y la desobediencia o resistencia a funcionarios públicos en virtud de una obligación legalmente impuesta; delitos que prevén una pena que oscila entre los 3 y 15 años de prisión, asimismo y en relación a la falsedad en la declaración jurada se lo imputa formalmente de una infracción al articulo 293 del Código Penal Argentino, el cual pena a toda persona que inserte en un documento publico declaraciones falsas que puedan provocar un perjuicio.-

Fdo Reguilon Vicente Pablo- Subcomisario- Jefe de la Subestación de Policía Comunal Mayor Buratovich.-